Asilo Político y Condición de Refugiado en los EE.UU.

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Algunas
veces, los individuos se encuentran en la necesidad de abandonar su país natal
porque temen una persecución política o religiosa. Otras razones pueden incluir
sentirse amenazados por pertenecer o ser parte de algunos grupos o, incluso, por
su raza o nacionalidad. Estas amenazas pueden poner su vida en peligro u
obligarlos a efectuar cambios drásticos en su estilo de vida. El hecho que los
individuos pidan una condición de protección mientras se encuentren en los
Estados Unidos o su país de origen determina si serán considerados para la
condición de asilado o refugiado. Un asilado es una persona que pide protección
mientras se encuentra en los Estados Unidos. Para calificar para el
asilo, los
individuos deben cumplir con ciertos requisitos, como por ejemplo solicitar el
asilo mientras se encuentran en cualquier puerto de entrada de los EE.UU.,
incluyendo la frontera, puerto marítimo o aeropuerto. Además, deben entregar una
solicitud para asilo durante el primer año de estadía en el país. Hay
excepciones a esta regla, en caso de cambio en la situación del individuo o las
condiciones en su país natal. En el caso extremo en que un individuo no sea
capaz de hacer la presentación en el transcurso de ese año debido a
circunstancias fuera de su control, debe entregar su solicitud dentro de un
periodo razonable de tiempo. No importa si el individuo se encuentra en los
Estados Unidos legal o ilegalmente, aún puede solicitar la condición de asilado.
No obstante, es importante observar que para calificar para la
condición de
asilado, el individuo debe conocer la definición de refugiado. Un refugiado es
una persona que se niega a regresar a su país o que no tiene opción de regresar
al país debido a una amenaza seria, como persecución.
Luego de presentar la solicitud de asilo, el individuo debe pasar por una
entrevista. Esta entrevista es conducida por un Juez de Inmigración o un
Funcionario de Asilo. De acuerdo con la reforma a las condiciones de asilo de
1995, la entrevista debe realizarse en los 60 días posteriores a la presentación
del reclamo. En el caso que el individuo no se presente a dicha entrevista
programada, esto puede ser una causa automática para cerrar el caso. Si el USCIS
(anteriormente el INS) no considera que el reclamo es válido, los individuos
reciben una orden de deportación a su país de origen. Si el solicitante debiera
viajar fuera de los Estados Unidos, debe pedir permiso antes de salir del país.
Este permiso especial es llamado “Advanced Parolee” y les permite regresar a los
Estados Unidos. Si salen sin haber obtenido este permiso, no serán admitidos en
el país a su regreso y consecuentemente la solicitud será archivada y el caso
cerrado por el USCIS. Basado en la solicitud y la entrevista, se tomará una
decisión de si el individuo obtendrá la condición de asilo o no. En caso que se
le otorgue el asilo, el gobierno de los Estados Unidos le da permiso de residir
y trabajar en el país. No obstante, la autorización de empleo y la solicitud de
asilo no pueden ocurrir simultáneamente. Uno de los requisitos del USCIS es que
se debe esperar un mínimo de 150 días después que la solicitud haya sido
recibida para solicitar la autorización para empleo.
Cuando el individuo ha permanecido en los Estados Unidos por un año como asilado,
tiene la oportunidad de entregar los papeles para volverse residente permanente.
En 1980 se introdujo la Ley de Refugiados (Refugee Act), la cual estableció los
procedimientos y políticas para asilados y refugiados. Como país que se
enorgullece de su libertad, los Estados Unidos continuamente acepta a
asilados y
refugiados. Las personas que entregan solicitudes no son de ninguna área en
particular; vienen de diferentes regiones del mundo, como Europa, África, Asia y
América Latina. Una vez en los Estados Unidos tienen la oportunidad de obtener
la residencia permanente, pero de ninguna forma puede garantizarse. Si bien no
hay límite en el número de individuos que pueden obtener el asilo, sí hay un
límite en la cantidad de personas que puede obtener la residencia permanente
después de haber obtenido la condición de asilado por un año. A los individuos
que han participado en actos de persecución o ayudado a otros en este sentido se
les denegará automáticamente el asilo. El límite anual actual es 10,000 asilados.
Otros que pueden obtener la condición de asilado son el cónyuge del solicitante
y sus hijos menores a 21 años. Además, deben estar presentes con la solicitud
cuando sean entrevistados por el USCIS.
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